• DELANO UNION SCHOOL DISTRICT

    RESOLUCION #114-25

    RESOLUCION DE LA MESA DIRECTIVA OPONIENDO LAS ACCIONES
    DE INMIGRACION Y ADUENAS DEL DISTRITO ESCOLAR DELANO

    UNION SCHOOL DISTRICT

    CONSIDERANDO QUE, todos los niños en los Estado Unidos tienen derecho a igual acceso a una educación primaria y secundaria publica, independientemente del origen nacional, ciudadanía, o estatus migratorio real o percibido de ellos o de sus padres. Esto incluye niños recién llegados no acompañados que están en procedimientos de inmigración mientras residen in comunidades locales con un padre, miembro familiar, u otro patrocinador adulto apropiado, y

    CONSIDERANDO QUE, la Corte Suprema de los Estados Unidos dicto en 1982 en Plyer v. Doe que las escuelas públicas tenían prohibido negar a los estudiantes inmigrantes el acceso a la educación publica de primaria y secundaria. La Corte afirmo que los niños indocumentados tienen el mismo derecho a una educación pública gratuita como los ciudadanos de los Estados Unidos y residentes permanentes, y

    CONSIDERANDO QUE, una carta del Departamento de Justicia y el Departamento de Educación de los Estados Unidos fechada el 8 de mayo del 2014, reafirma que todos los distritos escolares deben “cumplir con estas leyes federales de derechos civiles, al igual que con los mandatos de la Corte Suprema” asegurando que los distritos “no discriminen por motivos de su raza, color u origen nacional, y que a los estudiantes no se les prohíba matricularse en escuelas públicas a nivel de primaria o secundaria por motivos de su propia ciudadanía o su estatus migratorio o el de sus padres o tutores. Además, los distritos no pueden solicitar información con el propósito de negar acces a las escuelas públicas a base de raza, color, o su origen nacional”, y

    CONSIDERANDO QUE, muchas familias han huido de sus hogares y buscan asilo en los Estados Unidos debido a graves amenazas de peligro, y

    CONSIDERANDO QUE, con el flujo de migrantes que están llegando al final de su revisión por parte de las cortes de inmigración, y

    CONSIDERANDO QUE, los inmigrantes que han perdido sus casos están ordenados a ser deportados por jueces de inmigración, y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) están llevando a cabo una serie de acciones de deportación en otros lugares, y

    CONSIDERANDO QUE, La Mesa Directiva del distrito escolar Delano Union School District está muy preocupada por los jóvenes y las familias inmigrantes del distrito Delano Union School District, y

    CONSIDERANDO QUE, hay informes de familias que están preocupadas de mandar a sus hijos a la escuela por temor a que ocurra una deportación mientras sus hijos están en la escuela, o que los oficiales de inmigración puedan involucrar a nuestras escuelas, y

    CONSIDERANDO QUE, se debe fomentar la asistencia a la escuela y que las escuelas, iglesias, y otros lugares sensibles deben ser santuarios seguros para las familias, y

    CONSIDERANDO QUE, la póliza del Director de Seguridad Nacional fechada el 24 de octubre del 2011 titulada, “Acciones de Aplicación de la Ley Enfocada en Lugares Sensibles” requiere que los oficiales y agentes de ICE ejerzan un buen juicio al hacer cumplir la ley federal o enfocarse en lugares sensibles y hacer esfuerzos sustanciales para evitar sin necesidad alarmar a las comunidades locales, y

    CONSIDERANDO QUE, los “lugares sensibles” cubiertos por esta póliza incluye, pero no se limita a lo siguiente:

    • Escuelas (incluyendo escuelas pre-escolares, escuelas primarias, escuelas
      secundarias, escuelas postsecundarias hasta incluyendo colegios y universidades, y
      otras instituciones de aprendizaje como escuelas vocacionales o comerciales);Hospitales;
    • Iglesias, sinagogas, mezquitas y/u otras instituciones de culto, como edificios
      alquilados con fines de servicios religiosos;
    • El sitio de un funeral, una boda, y otro tipo de ceremonia religiosa publica; y
    • Un sitio durante la ocurrencia de una demonstración publica, como una marcha, una
      manifestación o un desfile.

    CONSIDERANDO QUE, la póliza de ICE desanima las acciones de cumplimiento de la ley en las escuelas, Iglesias, y otros lugares sensibles a menos que existan circunstancias especiales tales como:

    • La acción de cumplimiento involucra un asunto de seguridad nacional o terrorismo;
    • Existe un riesgo inminente de muerte, violencia, o daño físico a cualquier persona o propiedad;
    • La acción de cumplimiento implica el arresto inmediato o la persecución de un delincuente peligroso, sospechoso de terrorismo, o cualquier otro individuo que presente un peligro inminente para la seguridad pública, o
    • Existe un riesgo inminente de destrucción de evidencia material en un caso penal en curso.

    CONSIDERANDO QUE, el distrito escolar Delano Union School District no solicita ni recopila el estatus migratorio de los estudiantes, y

    CONSIDERANDO QUE, si estos jóvenes son deportados, esto iría en contra de nuestros principios humanitarios y pondría sus vidas en grave peligro, y

    CONSIDERANDO QUE, estos jóvenes tienen baja prioridad para la deportación, y

    CONSIDERANDO QUE, hasta la fecha, el distrito escolar no ha tenido ningún contacto por parte de las autoridades federales de inmigración,

    POR LO TANTO, SE RESULVE QUE:
    ICE cumpla con su póliza de no involucrar a las escuelas y otros lugares sensibles, y Se anima a los directores y todo el personal escolar a trabajar y apoyar a nuestras familias y estudiantes que expresan preocupación por las acciones de aplicación de la ley de inmigración en la escuela, incluyendo a estudiantes que no asistan a la escuela debido a dichas preocupaciones, y 

    ADEMAS, SE RESUELVE QUE
    La Mesa Directiva de Delano Union School District establece que todos los estudiantes del Distrito que se inscriban para los siguientes servicios y cumplan con los criterios federales y estatales, tienen derecho a recibir todos los servicios escolares, incluyendo almuerzos y desayuno sin costo, transporte, y servicios educativos, incluso si ellos o su familia son indocumentados y no tienen un número de seguro social, y que ningún personal del distrito escolar tomara ninguna medida que negaría a los estudiantes el acceso a la educación basándose en su status migratorio o cualquier medida que enfriara los derecho de Plyer de estos estudiantes a la educación publica; y

    FINALMENTE, SE RESUELVE QUE:
    Para proveer una educación publica independientemente del estado migratorio de un niño, en ausencia de cualquier ley federal, estatus, o ley local, o regulación u ordenanza local o decisión judicial, el Distrito deberá cumplir con la siguiente conducta:

    1. El personal del distrito no tratara a los estudiantes de manera desigual para
      propósitos de determinación de residencia en base a su condición de
      indocumentados;
    2. El personal del distrito no preguntará sobre el estado migratorio de un estudiante, ni
      tampoco exigirá documentación del estado legal de un estudiante, como solicitar
      una tarjeta verde o documentos de ciudadanía, en el registro inicial o en cualquier
      otro momento.
    3. El personal del distrito no hará preguntas irrazonables a un estudiante o sus padres
      con el propósito de exponer el estatus migratorio del niño o su familia;
    4. El personal del distrito no exigirá a los estudiantes que soliciten números de Seguro
      Social ni el Distrito deberá exigir a los estudiantes que proporcionen un número de
      Seguro Social;
    5. Si los padres y/o estudiantes tienen preguntas sobre su estatus migratorio, el
      personal de la escuela no los mandara a la oficina de Inmigración y Control de
      Aduanas (ICE);
    6. Es la póliza general del distrito de no permitir que ningún individuo u organización ingrese a un sitio escolar si el entorno educativo se verá interrumpido por esa visita, La Mesa Directiva ha determinado que es probable que la presencia de ICE provoque una alteración del entorno educativo. Por lo tanto, cualquier solicitud de ICE para visitar un sitio escolar debe enviarse a la Oficina del Superintendente para su revisión antes de que se tome una decisión para permitir el acceso al sitio.
    7. Todas las solicitudes de documentos por parte de ICE deben de enviarse al Departamento de Recursos Humanos, quien, en consulta con el Superintendente, determinara si los documentos pueden entregarse a ICE.

    ADOPTADO diciembre 16, 2024, por la Mesa Directiva de Delano Union School District,
    mediante la siguiente votación nominal:

    SI:
    NO:
    ABSTENCIONES:
    AUSENTES:

    ___________________________________
    Secretario, Mesa Directiva
    Delano Union School District

     

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